Conforme a las normas ciertas de Derecho internacional y sin perjuicio a las obligaciones que se deriven de convenios internacionales, los Estados tienen derecho a controlar la entrada de extranjeros en su demarcación. Al hacerlo dispone de una amplia facultad discrecional. La cookie está configurada por el complemento de https://paises-sin-extradicion-co38161.weblogco.com/29747428/una-revisión-de-abogado-penal-internacional-francia