3. El Estado Requirente cubrirá los gastos necesarios para el transporte de la persona extraditada y los objetos retenidos por el Estado Requerido al Estado Requirente, así como los gastos de tránsito a que se refiere el Artículo 18. Con base en esta idea central, la autora se sumerge https://pasessinextradicinconcolo13328.blog-mall.com/29275483/detailed-notes-on-extradición-méxico-italia